El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) ha confirmado la eliminación del artículo 136 del proyecto de Ley de Rendición de Cuentas. Esta disposición, inicialmente, establecía la publicación de un registro de empresas exportadoras que hubieran recibido sanciones por incumplimientos en materia sanitaria. Sin embargo, se mantiene vigente una penalización obligatoria de 90 días para las firmas involucradas en tales infracciones.
El titular de la cartera, Alfredo Fratti, explicó que esta modificación se alcanzó tras un proceso de diálogo con los legisladores. Fratti manifestó que, a pesar de las recomendaciones técnicas iniciales que sugerían la necesidad de la lista, su postura personal nunca fue favorable a su divulgación pública. No obstante, al considerar las diferentes perspectivas, optó por apoyar la propuesta de los parlamentarios, que le resultó «razonable».
En cuanto a la sanción de noventa días, el ministro enfatizó su importancia. Argumentó que Uruguay no puede permitirse que una entidad que ha incurrido en el envío de productos o ganado sin respetar las normativas sanitarias continúe operando sin una interrupción. Por lo tanto, esta suspensión temporal es preceptiva, aunque las empresas tendrán la posibilidad de presentar sus descargos y apelaciones una vez cumplido dicho plazo.
En otro punto de la agenda, Fratti también se refirió al Instituto Nacional de Colonización. Aseguró que, a pesar de los recortes presupuestarios, la institución logrará cumplir con sus cometidos. El ministro explicó que las limitaciones económicas son una realidad y que la lucha contra la pobreza infantil ha sido la prioridad principal en la asignación de recursos, sin que esto, a su juicio, menoscabe el trabajo esencial del instituto.
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